El 29 de septiembre entra en vigor la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
La ley protege exclusivamente los derechos y el bienestar de los animales de compañía, determinados animales silvestres en cautividad y las colonias felinas. Se excluye expresamente a los animales utilizados para espectáculos, producción y experimentación científica, así como a los animales silvestres ni a los utilizados en la caza, perros pastores de ganado y animales de rescate de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
Aquí te explicamos los principales cambios y avances en la ley que afectan directamente a los animales de compañía y a sus responsables, si bien algunas de estas medidas se aparcan temporalmente al contar por el momento con un gobierno en funciones:
¿Cuáles se pueden considerar animales de compañía?
- Perros, gatos y hurones, así como especies que tengan la consideración de animales domésticos o que se inscriban como animales de compañía.
- Animales pertenecientes a especies silvestres contenidas en el listado positivo de animales de compañía (mamíferos, aves, reptiles, anfibios, peces, invertebrados) que determine el ministerio competente.
- Aves de cetrería y animales de acuariofilia no considerados especies exóticas invasoras ni especies silvestres protegidas.
Nuevas obligaciones de los responsables de animales de compañía
- Las personas responsables de perros deberán acreditar la realización de un curso de formación que será gratuito y tendrá una validez indefinida.
- Asimismo, deberán contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros durante toda la vida del animal.
- Los perros de manejo especial (anteriormente conocidos como perros potencialmente peligrosos), deberán disponer de condiciones de seguridad suficientes para evitar escapes o posibles agresiones.
- Será obligatorio el microchip para los perros, gatos y hurones, que serán inscritos en el Registro de Animales de Compañía de cada comunidad autónoma. Las aves serán identificadas mediante anillado desde su nacimiento.
- Todos los gatos se deben identificar con microchip y esterilizar antes de los 6 meses de edad.
Nuevas prohibiciones relativas a los cuidados de los animales de compañía
- Se prohíbe la cría de animales domésticos por particulares. Esta solo se podrá realizar por personas o entidades inscritas en el Registro de Criadores de Animales de Compañía.
- No se podrá dejar sin supervisión a ningún animal de compañía durante más de 3 días consecutivos. En el caso de los perros, el plazo se reduce a 24 horas.
- No se podrá dejar de forma habitual a perros ni gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.
- Se prohíbe el uso de cualquier herramienta de manejo que pueda causar lesiones al animal (collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo).
- Se prohíbe expresamente el sacrificio de los animales de compañía, excepto por motivos de seguridad. La eutanasia solo queda justificada para evitar el sufrimiento por causas no recuperables que comprometan seriamente la calidad de vida del animal y la realizará siempre el personal veterinario.
Puedes leer la ley completa aquí, o consultar dudas con tu veterinario de confianza.
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